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Licencias y ley / Web 3D y comercio

La UE plantea reducir los banners de cookies, pero aún no es ley

Los avisos de cookies interrumpen la navegación y complican la configuración de muchas webs, pero eliminarlos sin respaldo legal puede generar problemas. El Ómnibus Digital plantea reducirlos, aunque todavía queda negociación legislativa.

Contrast 3DPublicado el 5 min de lectura

Portátil con una web y un aviso de cookies que se desliza, junto a un plato de galletas y una carpeta con la bandera de la UE.
Ilustración conceptual generada con IA. No es una captura de pantalla ni una fotografía.

Los banners de cookies no desaparecen por ahora y no debes eliminarlos de tu web por el anuncio del Consejo de la Unión Europea. El 21 de octubre de 2026, el Consejo acordó su posición sobre una reforma que permitiría utilizar determinadas cookies sin solicitar consentimiento, entre ellas las destinadas a medir audiencias bajo las condiciones que finalmente establezca la norma. Pero esa propuesta todavía no es legislación aprobada.

El acuerdo forma parte del paquete conocido como Ómnibus Digital, destinado a simplificar determinadas obligaciones europeas sobre protección de datos, privacidad electrónica y notificación de incidentes.

Según el comunicado oficial del Consejo de la UE, publicado el 21 de octubre y actualizado el 22, el objetivo es reducir cargas administrativas sin abandonar la protección de los datos personales.

Para quienes gestionan webs corporativas, tiendas online o servicios digitales, lo importante es distinguir las obligaciones actuales de los posibles cambios.

¿Siguen siendo obligatorios los banners de cookies?

Sí, cuando la web utiliza cookies o tecnologías de seguimiento que requieren consentimiento conforme a las normas vigentes.

El acuerdo del Consejo mantiene el marco actual de la Directiva de privacidad electrónica, pero propone ampliar y aclarar determinados supuestos en los que no sería necesario solicitar autorización.

Entre las finalidades mencionadas por el Consejo de la UE figuran:

  • Cookies necesarias para prestar un servicio solicitado.
  • Determinadas operaciones de medición de audiencia.
  • Tecnologías destinadas a garantizar la seguridad del dispositivo del usuario.

La idea es que actividades consideradas justificadas bajo las condiciones legales correspondientes no obliguen a mostrar continuamente ventanas de consentimiento.

Sin embargo, estas nuevas exenciones todavía no están en vigor.

Si tu web necesita actualmente consentimiento para determinadas cookies analíticas o publicitarias, debes continuar solicitándolo.

Tampoco conviene interpretar que toda tecnología de medición o seguimiento quedaría automáticamente exenta.

¿Qué podría cambiar en la analítica web?

La medición de audiencia es uno de los aspectos más interesantes de la propuesta para empresas que utilizan datos de navegación.

Hoy, una web puede necesitar mecanismos de consentimiento dependiendo de cómo recoja la información, las cookies que utilice y los tratamientos de datos asociados.

El Consejo quiere facilitar determinadas mediciones sin exigir consentimiento para colocar cookies cuando se cumplan las condiciones establecidas.

Esto podría simplificar la analítica básica de visitas y utilización de páginas.

Pero todavía no conocemos el texto definitivo ni cómo quedarán delimitadas esas condiciones tras la negociación legislativa.

Por tanto, no deberías retirar el consentimiento de tu herramienta analítica basándote únicamente en este anuncio.

Mientras tanto, resulta útil revisar qué información necesitas realmente.

En muchos proyectos interesa conocer qué páginas reciben visitas, qué contenidos generan interés y dónde abandonan la navegación los usuarios. No siempre es necesario recopilar información individualizada para responder a esas preguntas.

Esto también conecta con la evolución de la captación de tráfico. En cómo afectan las búsquedas sin clic a las webs de destino analizamos por qué conviene interpretar las métricas según el comportamiento real de los visitantes.

La reforma también afecta a las brechas de datos

El Ómnibus Digital contiene cambios que van más allá de las cookies.

El Consejo respalda ampliar el plazo disponible para comunicar determinadas violaciones de seguridad de datos personales.

Según el análisis jurídico publicado por NicFab, la lectura del texto del mandato apunta a pasar de 72 a 96 horas para las notificaciones correspondientes.

El mismo análisis interpreta que el intervalo previsto para volver a solicitar consentimiento después de un rechazo cambiaría de 6 a 4 meses.

Estas cifras proceden de la lectura de NicFab del mandato negociador, no del resumen publicado en el comunicado del Consejo. Tampoco constituyen todavía obligaciones nuevas.

El Consejo de la UE también propone sustituir la ventanilla única europea prevista para comunicar incidentes por un punto de entrada nacional en cada Estado miembro, acompañado de un punto informativo europeo.

Además, mantiene la definición de dato personal e incorpora una disposición relacionada con la seudonimización.

Para una empresa, la consecuencia práctica es sencilla: conviene tener un procedimiento de respuesta ante incidentes independientemente de cómo termine la reforma.

Qué revisar hoy en tu web

Antes de invertir en una nueva plataforma de consentimiento, merece la pena comprobar la configuración existente.

CriterioQué comprobar
Banner de cookiesQue siga solicitando consentimiento cuando las normas vigentes lo exigen.
InventarioQué cookies utiliza la web y qué finalidad tiene cada una.
AnalíticaSi puedes obtener las métricas necesarias con una configuración menos dependiente de cookies de terceros.
Servicios externosQué herramientas incorporan cookies o tecnologías de seguimiento.
ConsentimientosCómo se registran y respetan las decisiones de los visitantes.
Política de cookiesQue describa las tecnologías y finalidades realmente utilizadas.
Incidentes de seguridadQue exista un procedimiento para detectar, registrar y comunicar brechas.
Cambios legislativosQue se revise el texto definitivo antes de modificar los mecanismos de consentimiento.

Este inventario también permite detectar servicios que ya no se utilizan y simplificar la web sin esperar a ninguna reforma.

¿Cuándo podrían cambiar las obligaciones?

El acuerdo del 21 de octubre representa la posición negociadora del Consejo, no una ley aprobada.

El siguiente paso es negociar con el Parlamento Europeo cuando este adopte su propia posición.

Según NicFab, se espera que la posición parlamentaria llegue a principios de 2027.

Eso no equivale a una fecha de entrada en vigor ni garantiza que todas las propuestas del Consejo lleguen al texto definitivo.

Hasta entonces, lo prudente es mantener el cumplimiento de las normas actuales y preparar una configuración que pueda adaptarse posteriormente.

En una tienda online, esta revisión puede coordinarse con otras obligaciones de experiencia de usuario. Nuestra guía sobre accesibilidad de tiendas online en España aborda otro aspecto que conviene tener identificado dentro del mantenimiento digital.

Qué decisión tomar esta semana

No elimines tu banner por los titulares sobre el Ómnibus Digital. Revisa las cookies que utiliza tu web, documenta sus finalidades y comprueba si tu analítica puede funcionar con una recogida de datos más limitada. Aprovecha también para definir cómo actuarías ante una brecha de seguridad. Si necesitas revisar el consentimiento y la analítica de tu web o tienda, cuéntanos qué herramientas tienes instaladas para evaluar qué configuración conviene mantener o simplificar.

Fuentes

Comprobado el 25 de octubre de 2026

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